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Dirección de Alimentos
COPRAL - Comisión Provincial de Alimentos
La COMISION PROVINCIAL DE ALIMENTOS,( COPRAL) actuará en la órbita
de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Alimentos, como organismo
de coordinación y cooperación interinstitucional y de asesoramiento
al Gobierno Provincial en la definición de políticas y acciones
tendientes a la calidad e inocuidad de los alimentos.
La COPRAL estará
integrada por:
-
La SUBSECRETARIA DE ASUNTOS
AGRARIOS Y ALIMENTACIÓN
-
ESTACIÓN EXPERIMENTAL AGRÍCOLA
OBISPO COLOMBRES
-
SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD,
DIRECCIÓN DE BROMATOLOGÍA
-
MINISTERIO DE SEGURIDAD
CIUDADANA-DIRECCIÓN DE COMERCIO
-
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
AGROPECUARIA ( INTA), Delegaciones establecidas en la Provincia.
-
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN,
áreas que atiendan el tema de alimentos
-
Facultad De Agronomía y Zootecnia ;
Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología(Dpto.de Ingeniería
Química, Laboratorio de Tecnología de Alimentos , Gabinete de
Calidad Total).
-
SENASA (Servicio Nacional de
Sanidad Agroalimentaria), Delegación en la Provincia de Tucumán.
La Copral estará presidida por el Sr. SubSecretario de SAAyA y
actuará como coordinador el Sr. Director de alimentos de la SAAyA
La DIRECCIÓN DE ALIMENTOS dependiente de la SAAyA actúa como
Secretaría técnica - Administrativa de la COPRAL.
El CONSEJO ASESOR estará integrado por un representante Titular y un
Suplente de: Federación Económica de Tucumán, Sociedad Rural de
Tucumán, Centro Azucarero Regional, dónde están los panaderos ,
pastas, del sector de los consumidores, la PyMES de alimentos,
Mercofrut, Frigoríficos. Los cargos de los integrantes del CONSEJO
ASESOR, serán "ad honorem".
Otras Organizaciones de productores de alimentos y especialistas que
la
COPRAL considere necesario convocar.
Facultades y Obligaciones de la Comisión Provincial de Alimentos
(COPRAL)
a. Velar para que los organismos integrantes hagan cumplir el Código
Alimentario Argentino (CAA) en todo el territorio de la Provincia.
b. Recomendar requisitos, procedimientos y plazos para ejecutar las
distintas inspecciones y/o habilitaciones de establecimientos y/o
productos, su industrialización, elaboración, conservación,
fraccionamiento, y comercialización en todo el territorio
provincial.
c. Colaborar en el funcionamiento, tal como lo establece el CAA, del
Registro Nacional Unico de Productos y de Establecimientos.
d. Impulsar el control coordinado de alimentos en bocas de expendio
a través de las autoridades sanitarias integrantes de la COPRAL.
e. Las habilitaciones, inscripciones, certificaciones de
establecimientos, productos, transportes y depósitos que otorgue un
organismo en el área de su competencia, serán reconocidas y
aceptadas por el otro y no implicará mayores costos. Información que
será compartida por los miembros de la COPRAL.
f. Promover la instrumentación de mecanismos de cooperación entre
organismos públicos y/o privados, para alcanzar un efectivo control
sanitario de los alimentos.
g. Solicitar asesoramiento, de expertos nacionales o extranjeros, a
los efectos del mejor cumplimiento de las funciones asignadas por el
presente decreto.
h. Asesorar en el caso de superposición de controles de organismos
en un mismo establecimiento, cuál es el organismo competente para
ejercer la fiscalización que corresponda.
i. Propender a la descentralización del control de alimentos,
celebrando convenios con las autoridades municipales y comunales.
j. Promover que las empresas productoras de alimentos y bebidas,
adopten y optimicen sistemas de autocontrol y/o logren
certificaciones nacionales y /o internacionales de calidad. Asimismo
se deberá considerar un sistema de estímulos y beneficios para las
empresas que implementen tales sistemas y/u obtengan dichas
certificaciones.
k. Colaborar en la elaboración y desarrollo de diagnósticos,
programas y proyectos provinciales y regionales para atender los
problemas en la calidad e inocuidad de los alimentos y en la
capacitación.
l. Promover la búsqueda y gestión de recursos financieros y de otro
tipo en apoya en los programas de la COPRAL.
m. Sugerir y/o colaborar en la elaboración de legislación inherente
a la calidad e inocuidad de los alimentos.
n. Promover la instrumentación de mecanismos de cooperación entre
organismos públicos y/o privados, para alcanzar un efectivo control
sanitario de los alimentos.
o. Colaborar con gobierno provincial y/ o nacional en congresos,
convenciones, reuniones y eventos en materia alimentaria.
p. Promover la instalación de una Base Unica de Datos informatizada
en la que se incorporen datos correspondientes a la normativa
vigente adoptada por los organismos que conforman la COPRAL; los
establecimientos, los productos, los envases, los aditivos, los
laboratorios autorizados para la realización de análisis, las
infracciones y las sanciones impuestas, y otros datos que se
consideren relevantes en el futuro.
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